En el marco de la ordenanza municipal N° 7458 y 6980/2016 que reglamentan las condiciones y restricciones del uso responsable de la pirotecnia y prohíbe la pirotecnia sonora en la vía pública, como también, declaran a la ciudad de San Salvador de Jujuy como una "Ciudad Libre de Pirotecnia Sonora", se llevó a cabo la primera reunión de organización para establecer las metodologías de control y prevención que rige la normativa.
Al respecto, Bruno Jerez, subsecretario de Fiscalización y Control, dependiente de la secretaría de Gobierno, aclaró que "esta primera reunión de organización con la dirección general de Bomberos y la división Explosivos de la Policía de la Provincia, se lleva a cabo con el objeto de coordinar acciones en cuanto a la venta de la pirotecnia no sonora que comienza próximamente por las fiestas de fin de año".
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Detalló que "el objetivo de estas reuniones es planificar todo el operativo que se realizará en las fechas próximas a Navidad y Año Nuevo, con respecto a la restricción de la venta de pirotecnia en el ejido urbano, recordando que se encuentran vigente las ordenanzas: 7458/2021 'Ciudad Libre de Pirotecnia Sonora' y 6980/2016 'Prohibición de Pirotecnia en forma ambulante y ferias'; es decir que solamente se autorizará la venta de pirotecnia NO sonora en locales debidamente habilitados por la dirección general de Control Comercial y la dirección general de Bomberos".
Por último, informó que se realizará una etapa de capacitación para inspectores municipales de las áreas de Espacios Públicos, Control Comercial y Centro de Monitoreo Comercial, en lo que refiere a las ordenanzas vigentes y que, en caso de identificación de venta de pirotecnia en el espacio público o en ferias, se realizará el procedimiento de elaboración de actas de comprobación, decomiso e inutilización de los productos pirotécnicos.