PERICO
Un hombre, identificado como R.R., que se desempeñaba como Pastor de una Iglesia Evangélica de la ciudad de Perico, fue condenado a 3 años y 1 mes de prisión domiciliaria de ejecución efectiva por ser autor penalmente responsable del delito de "Abuso sexual simple agravado por ser ministro de algún culto reconocido o no".
El veredicto condenatorio fue dictado hoy, 12 de diciembre de 2022, por el Tribunal en lo Criminal Nº 1, el que además ordenó la obtención del perfil genético del condenado a los efectos desu incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
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Asimismo, los jueces prohibieron al penado tener contacto alguno con la víctima, ya sea personalmente o por cualquier medio de comunicación (redes sociales, WhatsApp, etc.).
LOS HECHOS
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el acusado fue enjuiciado por el hecho ocurrido en el transcurso de los años 2014 y 2015, sin poder precisar fecha exacta, cuando se desempeñaba como Pastor de una Iglesia Evangélica ubicada en la ciudad de Perico, a la que asistía la víctima, una menor de edad.
En esas circunstancias fue que el imputado, aprovechando dicha situación, le pidió a la menor que lo acompañe a buscar unas ovejas en una finca cercana al domicilio de este, en un paraje rural cercano a Perico.
Al llegar a ese lugar, el acusado procedió a tocar a la víctima en sus partes íntimas.
El Tribunal fue integrado por el juez Luciano Yapura presidente de trámite-, y las juezas Felicia Barrios y Alejandra Tolaba; secretaría a cargo de la Dra. Mariá Fátima Chañi.
PEDIDO DE PRISION
El representante del Ministerio Público de la Acusación Dr. Marcelo Cuellar, solicitó en su alegato la pena de 3 años de prisión para el enjuiciado.
Por su parte, el querellante, Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, requirió la pena de 4 años de prisión para el acusado.
En tanto, la defensa técnica del juzgado, R.R., estuvo a cargo del Dr. Gustavo Rodrigo Reynoso, quien pidió la absolución por el beneficio de la duda para su defendido.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.