PROYECTO DE GIACOPPO DEFIENDE EL DERECHO A LA PRESERVACIÓN DE LA SALUD
Una iniciativa impulsada por la jujeña Silvia Giacoppo, aspira a que se declare de interés nacional el uso de la llamada "Pulsera de Alerta Médica" en todo el territorio de la República Argentina y que la misma alcance a todas aquellas personas con enfermedades crónicas o degenerativas u otras afecciones que pudieran derivar en una situación de emergencia.
Silvia Giacoppo explica en su proyecto presentado en el Senado, entiende el término "Pulsera de Alerta Médica" a todo aquel dispositivo en forma de pulsera, tobillera, colgante o elemento de cualquier otra forma, que contengan información sobre las afecciones médicas de su propietario.
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"El objeto de la ley -señala Giacoppo- es difundir en el territorio nacional el uso de pulseras, tobilleras, o colgantes para que actúen de alerta médica ante cualquier emergencia que pudieran tener, especialmente en la vía pública, las personas con enfermedades crónicas o degenerativas u otras afecciones", especifica en el texto que acompañó la presentación del proyecto.
"La utilización de estos dispositivos resulta de gran importancia para preservar la salud, e incluso salvar la vida de quienes tengan cualquier enfermedad por la que pudieran estar en estado de inconsciencia, porque contendrán la información médica necesaria para poder ser utilizada en el momento preciso por el personal y efectores de salud que pudieran intervenir ante una situación de emergencia", agrega.
Por tratarse de una cuestión de salud pública, el proyecto también tiene por fin que la autoridad de aplicación regule, con resguardo al derecho a la intimidad, todo lo referido a la forma, tipo y contenido de estas pulseras, su fabricación, distribución y venta, para que su empleo resulte verdaderamente efectivo a la hora de preservar la salud y la vida de quien lo utilice.
"No podemos olvidar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación entiende que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana, que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional y a partir de ello y de lo dispuesto en los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional, nuestro máximo tribunal de justicia reafirmó el derecho a la preservación de la salud, comprendido dentro del derecho a la vida, y la obligación impostergable que tiene la autoridad pública de garantizar ese derecho con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de la llamada medicina prepaga", destaca en sus fundamentos.
Señala que "la difusión de la importancia del empleo de estos dispositivos y el ordenamiento de su forma y contenido por parte del Estado cumplirá con la manda constitucional de realizar acciones positivas para la salud de su población".
Giacoppo observa que en la actualidad se pueden encontrar en portales de venta por internet, pulseras, colgantes, brazaletes y medallas, de todo tipo y forma, para que el usuario identifique su enfermedad. "Se ofrecen desde dispositivos que son una simple chapa con el nombre de la patología hasta pulseras electrónicas con código QR, del que se puede descargar la historia clínica del paciente".