Causa por tarifas eléctricas continuará en el tribunal contencioso administrativo

POR DISPOSICIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

La causa por el amparo contra las tarifas de energía eléctrica continuará su trámite en el Tribunal en lo contencioso administrativo, según determinó la Suprema Corte de Justicia de la Provincia.

El juez de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Ekel Meyer, dispuso tener por desistido el recurso de inconstitucionalidad por salto de instancia presentado por el Estado Provincial en el Expediente Nº C- 245805/2024 caratulado "Amparo Genérico: Comité del Consumidor y Otro c/ Estado Provincial y Otro".

En el citado recurso de salto de instancia se pretendía impugnar la resolución de los jueces Dres. Sebastián Damiano y Alicia Fernández (por habilitación) del Tribunal en lo Contencioso Administrativo Sala II, que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Comité del Consumidor.

Los magistrados habían ordenado lo siguiente "… al Estado Provincial SUSEPU, a adoptar las medidas necesarias a los fines de que la empresa prestataria del servicio de energía de Jujuy - EJESA - proceda a suspender los cortes de servicios, fundados en la falta de pago de los períodos comprendidos entre el primero de febrero y el treinta de abril de 2024 (01/02/24 al 30/04/24), hasta tanto recaiga resolución definitiva en la presente causa…".

Por la resolución del juez Dr. Ekel Meyer, de fecha 7 de mayo de 2024, el trámite de la causa continuará en el Tribunal en lo Contencioso Administrativo Sala II.

BENEPLÁCITO DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO POR EL FALLO DE LA JUSTICIA JUJEÑA

Tras conocerse la decisión judicial, la Defensoría del Pueblo de Jujuy hizo público su beneplácito, destacando el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la provincia.

Desde la Defensoría del Pueblo de Jujuy señalaron que "a través del mismo, se hace lugar a la medida cautelar solicitada por el Comité del Consumidor" y remarcaron que "es en referencia a la solicitud de suspender los cortes del servicio eléctrico a usuarios del territorio jujeño que tengan impagas facturas comprendidas entre el 1 de febrero y 30 de abril, hasta tanto recaiga resolución definitiva de la causa".

Recordaron que "la Defensoría del Pueblo de Jujuy fue el organismo que dio origen a ese proceso administrativo, al momento de recibir una serie de reclamos e inquietudes de ciudadanía que expresaron verse imposibilitados de afrontar la cancelación de las facturas en curso" y remarcaron que "ante ello, la Defensoría del Pueblo, remitió la resolución 070/24 a la empresa de Energía Jujeña solicitando, además de cancelar el corte del servicio, no retirar el medidor y suspender el cobro de intereses moratorios y punitorios que se generen ante la demora o retraso del pago de las facturas".

En la presentación se contempló la situación socioeconómica que se vive y que aqueja a miles de familias jujeñas, y que por este motivo insta a la empresa de energía a garantizar un trato digno a los usuarios del servicio de toda la Provincia, con especial atención a los sectores más vulnerables.

La Defensoría afirmó que su misión "es seguir acompañando a la ciudadanía jujeña en las gestiones que realicen con respecto a este tema, y otros que consideren para garantizar una mejor calidad de vida".

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