EN LA LEGISLATURA PROVINCIAL
Con el propósito de transparentar el ejercicio de la política el diputado provincial Marcelo Nasif (integrante del Frente Cambia Jujuy) presentó el proyecto de Ley de Ficha Limpia en la Legislatura de Jujuy, el cual prohíbe acceder, como candidatos a las elecciones primarias y generales para cargos electivos públicos, a las personas que sean condenadas penalmente con pena privativa de la libertad, aunque la condena se encuentre en suspenso por diversos delitos (contra la administración pública, contra la integridad de las personas, contra la orden económica y financiero, contra la integridad sexual, etc).
El legislador sostuvo que el proyecto de ley busca transparentar el ejercicio de la política y que "de alguna manera, la gente vuelva a creer en las instituciones". "Se busca que las instituciones públicas no sean un aguantadero para muchas personas que poseen condenas y se refugian en la política para no rendir cuentas en la justicia", dijo.
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Detalló que en el proyecto están contemplados los siguientes delitos: contra la administración pública: en los Capítulos VIII, VI. IX bis, del Título XI, del Libro Segundo del Código Penal de la Nación; Cohecho y tráfico de influencias art 256 del CP. y sg; Malversación de caudales públicos. Art 260 del CP. y sg.; Negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas, 265 y sg.; Exacciones ilegales art 266 del C.P y sg.; - Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados. Art 268 de C.P.
En cuanto a los delitos contra el orden económico y financiero: Lavado de dinero. De los delitos contra las personas: se prohíbe postularse como candidato a quienes hayan sido condenados por: Homicidio simple art 79; Homicidio agravado art. 80; Homicidio en riña art 95. Por delitos contra la integridad sexual: Abuso sexual simple y agravado; Estupro; Homicidio por abuso sexual; Corrupción de menores; Promoción y facilitación de la prostitución y sus agravantes; Rufianería explotar a otro en el ejercicio de la prostitución; Difusión, venta, ofrecimiento, publicación entre otros sobre pornografía infantil; Exhibiciones obscenas; Sustracción o retención con el fin de menoscabar la integridad sexual; la misma pena que para los autores para aquellos quienes cooperaren en la perpetración de estos delitos si familiares y / o curadores art. 133
Delitos contra la libertad: Someter a personas a esclavitud o servidumbre; Privación de la libertad ambulatoria; Secuestro; Delito de desaparición forzada de personas; Torturas por un funcionario ; Sustraer, retener, ocultar a menor de 10 años; Trabajo infantil; Ocultar investigaciones de la justicia respecto de un menor desaparecido; Agravantes con el uso de armas. Delitos contra la propiedad: Robo con sus agravantes; Extorsión; Secuestro Extorsivo; Fraude en perjuicio de la administración pública, entre otros más.